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Publicado el 03-05-2010
Soy Ciudadano, pedí a mi esposa y quiero que este aquí conmigo YA! ¿Que puedo hacer? |
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Si usted es ciudadano Americano y tiene a su esposa en el extranjero y ya ha sometido la I-130 y el caso está pendiente, usted puede tener el derecho de someter formularios adicionales para que su esposa espere la determinación del caso aquí en los EE.UU., a su lado. ¿Cómo es esto? Con la visa K-3. La visa K-3 es para un ciudadano Americano que ha pedido a su mujer con el formulario I-130 y está esperando que este proceso se de. Quiere decir que no es necesario hacer esperar a su mujer en el extranjero. Usted puede someter la visa K-3 y su esposa puede esperar la decisión del Servicio sobre su I-130 aquí en los EE.UU. a su lado. La visa también cubre a los niños menores del extranjero. Para aplicar por esta visa el ciudadano Americano tiene que llenar el formulario de inmigración I-129F, demostrar que tiene un matrimonio con la persona extranjera, que ya ha sometido la I-130 por tal persona. Quiere decir que, el primer paso es someter la I-130, y cuando tenga recibo de tal aplicación, entonces debe someter por la visa K-3. Cuando el extranjero con la visa K-3 llegue a los EE.UU. no solamente tendrá estado legal en el país, sino también tendrá el derecho de aplicar por el permiso de trabajo. Si durante la espera por la determinación de la I-130 el Servicio le niega la petición al extranjero entonces tiene 30 días para volverse a su país antes que la visa K-3 se expire. Al expirar la K-3 el permiso de trabajo derivado de tal visa también expira. Si el extranjero se casó fuera del país tiene que aplicar por la K-3 en el país en el que se casó con el ciudadano Americano. La aplicación I-129K se somete al Missouri Service Center, con evidencia que la I-130 ya a sido sometida, y si el extranjero tiene algún historial criminal, todos los documentos acerca de esto deben ser incluidos con la aplicación I-129F en ese momento. Si la persona pasa “clearence” (limpio) con el Servicio, el Servicio le pasa la aplicación al Consulado del extranjero, el cual le mandará una carta con instrucciones sobre lo que debe de hacer (Packet 3). En este paquete le dirán los documentos necesarios y también a dónde ir para hacerse el examen médico. Al entrar a los ... |
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